La Resolución de 9 de abril de 2026, publicada por la Secretaría General de Coordinación Territorial, formaliza el acuerdo alcanzado el 28 de marzo en la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con la Ley 2/2025, de 26 de junio, aquella norma autonómica de título inabarcable que prometía medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público. El acuerdo obliga al Gobierno canario a modificar varios artículos para que la promoción interna temporal se reconfigure como supuestos de movilidad funcional, alineándose con la normativa básica estatal. Traducido: lo que durante años funcionó como un mecanismo informal para cubrir puestos sin convocar oposiciones, un bypass administrativo que beneficiaba tanto a gestores como a interinos instalados en la provisionalidad, deberá ahora cumplir los requisitos de titulación y pertenencia a grupo o subgrupo que exige el EBEP.
El Plan de Ordenación del Personal Laboral, firmado también el 9 de abril, afecta a más de 7.700 empleados públicos y se estructura en cinco ejes: derecho a la movilidad, promoción interna, reducción de la temporalidad, regularización del vínculo jurídico del personal laboral que desempeña funciones propias de funcionario y mejora de los procesos de selección. La cifra importa porque Canarias arrastra una tasa de temporalidad en el empleo público del 36%, solo por detrás del País Vasco, cuando la directiva europea fija el umbral tolerable en el 8%. A nivel estatal, el Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas contabiliza casi un millón de empleados públicos temporales, 700.749 funcionarios interinos y 298.989 laborales temporales, lo que equivale al 32,2% del total. La paradoja es que los procesos de estabilización iniciados con la Ley 20/2021 ya han movilizado más de 12.000 plazas en Canarias, pero sindicatos como CSIF reconocen que “el ajuste es parcial”. El acuerdo bilateral con Madrid es, en el fondo, el reconocimiento de que la ley autonómica se había extralimitado en algunos artículos, y que el Estado necesitaba marcar la línea roja antes de que la creatividad legislativa canaria generase un sistema de empleo público paralelo e incompatible con el modelo nacional.

@PresiCab/X












