
Bajo el argumento de la salvaguarda cultural con el proteccionismo institucional, el Gobierno de Canarias ha publicado este martes el Decreto 24/2026. A primera vista, el texto parece una actualización pedagógica para adaptar la enseñanza del lenguaje silbado a la normativa estatal LOMLOE. Esto supone un cierre de filas de la derecha sistémica de CC, PP, ASG y AHI. Sin embargo, bajo el lenguaje burocrático del BOC 52, se esconde la consolidación de un «monopolio» identitario: la marca «Silbo de la isla de La Gomera» se impone como el estándar único y oficial en todo el archipiélago, independientemente de la existencia de tradiciones similares en enclaves como El Hierro o el sur de Gran Canaria (Tirajana).
Un estándar ISO para la cultura popularEl decreto es, en esencia, un manual de especificaciones técnicas. Al integrar el Silbo dentro del área de Lengua Castellana y Literatura, la Consejería de Educación no solo protege una tradición; establece un canon. El texto detalla competencias específicas y saberes básicos que actúan como un control de calidad estatal sobre cómo debe silbarse, entenderse y enseñarse el lenguaje.
Al definir el Silbo específicamente como el «de la isla de La Gomera» (Artículo 1), el decreto otorga una ventaja competitiva y legal a la isla colombina. Cualquier otro sistema de comunicación silbada en las islas queda, de facto, relegado a la categoría de curiosidad local, carente del paraguas regulatorio y los recursos públicos que ahora fluyen exclusivamente hacia la variante gomera.
Barreras de entrada y acreditación
El Artículo 3 del decreto introduce una barrera de entrada crítica: la acreditación del profesorado. En un mercado laboral docente cada vez más regulado, el Gobierno de Canarias se reserva el derecho de determinar quién es apto para impartir esta enseñanza. Esto crea un «cuello de botella» de conocimiento controlado por la Administración, asegurando que la transmisión del lenguaje no escape al marco institucional diseñado en este documento de 60 páginas.
El «pleito» de la identidad
La obligatoriedad del silbo en los centros de La Gomera y su carácter facultativo en el resto del archipiélago (Artículo 1.2) dibuja un mapa de influencia asimétrico. Mientras que en Tirajana o El Hierro la enseñanza dependerá de la voluntad de los centros y de la disponibilidad de personal acreditado, la normativa garantiza que el estándar gomero sea el que se exporte. Este movimiento es una respuesta clara a la globalización: una apuesta por la «sovereignty» cultural que utiliza el 40% de autonomía curricular para blindar un activo que la UNESCO ya declaró Patrimonio Inmaterial en 2009.
Para el Gobierno de Fernando Clavijo, el mensaje es nítido: en el sistema educativo canario, el lenguaje del aire tiene denominación de origen, y esa denominación es exclusivamente gomera. El Decreto 24/2026 transforma un recurso etnográfico en un activo regulado. Se espera un aumento en la demanda de materiales didácticos, software de aprendizaje lingüístico adaptado y, sobre todo, una centralización de los programas de formación docente en La Gomera.














